Existen varios contratos que se realizan entre particulares de manera privada y puedes ratificar su contenido y firma ante Notario, tales como arrendamiento, cesión de derechos, asociación en participación, entre otros.
Entre los tipos de documentos que puede certificar ante Notario Público se encuentran, entre otros: certificado profesional, carta de pasante, título profesional, actas de nacimiento y defunción, cartilla militar, oficios, escrituras públicas, etcétera. Deberás presentar el documento en original, el cual debe contener sellos y firmas auténticas y legibles, sin alteración alguna.
Este trámite se refiere al hecho de acudir ante el Notario Público con la finalidad de reconocer la firma de algún documento que se haya suscrito. Las personas que firman un documento deberán identificarse debidamente ante el Notario y, bajo protesta de decir verdad, manifiestan que reconocen sus firmas, así como el contenido del documento, y nuevamente firman un acta notarial.
Consiste en que el Notario dé fe y/o constate cualquier acontecimiento, en un determinado tiempo y lugar y sin hacer juicios de valor, ni calificar los hechos suscitados. El Notario sólo se limita a observar lo ocurrido de manera objetiva y conforme a lo que puede percibir por sus sentidos.
Los menores no podrán salir del país si no cuentan con autorización de los padres o las personas que ejercen la patria potestad. Es necesario acudir ante el Notario para hacer el trámite correspondiente.
El testamento es el acto por el cual una persona decide la forma en que se distribuirán sus bienes entre sus herederos, después de su muerte. En México, el testador (persona que otorga el testamento) tiene plena libertad para nombrar a sus herederos, quienes pueden ser o no parientes del mismo, así como para nombrar el albacea que administrará los bienes de la herencia hasta entonces éstos se adjudiquen.
Al fallecer una persona que otorgó testamento, su voluntad queda expresada en el mismo y sus herederos pueden acudir ante el Notario a iniciar el trámite sucesorio para que se adjudiquen los bienes.
Cuando una persona fallece sin haber dejado testamento o, habiéndolo dejado, no dispone de todos sus bienes, o por alguna causa legal no surte sus efectos, la ley suple su voluntad y como consecuencia determina quiénes son las personas que tienen derecho a heredar. El trámite para el nombramiento de herederos y albacea, así como la adjudicación de los bienes, puede realizarse ante Notario Público.
Es un contrato por virtud del cual una de las partes transfiere a la otra la propiedad de una cosa o la titularidad de un derecho, obligándose esta última al pago de un precio cierto y en dinero, cuando se trata de bienes inmuebles este deberá elevarse a escritura pública.
Es un contrato por virtud del cual una persona llamada donante, transfiere una parte de sus bienes presentes, a otra llamada donataria, quien acepta dicha liberalidad. Esto se otorga a través de una escritura pública.
Se lleva a cabo una adjudicación cuando se transmite a una persona la propiedad de un bien inmueble derivado de una resolución judicial, la cual debe de formalizarse mediante escritura.
Es el trámite que se realiza cuando se desea unir uno o más predios.
La subdivisión es la partición de un terreno en dos o más fracciones, ello mediante una autorización administrativa que se protocoliza ante Notario en escritura pública.
Es el régimen jurídico que se lleva a cabo cuando se desea convertir una propiedad en varios inmuebles susceptibles de aprovechamiento individual bajo el concepto de condominio, ya sea horizontal o vertical, de tal forma que todas las propiedades del mismo estarán sujetas a un reglamento, así como cuotas de mantenimiento, etcétera.
Es un derecho real que consiste en la facultad de gozar de una cosa con cargo a conservar su forma y esencia, y de restituirla o pagarla, una vez cumplido el plazo o duración del derecho. El usufructo puede constituirse por donación, venta u otro acto entre vivos, pero en todo caso, tratándose de bienes inmuebles, no tendrá efectos jurídicos si no se otorga en escritura pública.
Se entiende por hipoteca el derecho real que adquiere el prestamista sobre un bien inmueble que el deudor otorga como garantía. Este derecho permanece en manos del prestamista hasta que la deuda sea cancelada.
Si solicitaste un préstamo para adquirir tu casa y se constituyó una hipoteca sobre la misma, una vez que hayas liquidado el crédito deberás solicitar a la Institución que te otorgó el préstamo una carta de instrucción para liberar tu inmueble de la hipoteca y poder disponer libremente de él.
Es un contrato por medio del cual una persona (fideicomitente) transmite la propiedad de un bien mueble o inmueble, inclusive dinero, a una fiduciaria (generalmente Institución Bancaria) en beneficio de otra persona (fideicomisario), con fines muy diversos (de administración, de garantía, para transmitir el dominio, testamentarios, etcétera). El titular del patrimonio sólo será la institución fiduciaria, por lo que sólo podrá realizar con los bienes aquellos actos tendientes a su conservación y a la consecución de los fines lícitos del contrato.
Las sociedades se constituyen mediante un contrato, por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización de un fin común, mediante la aportación de sus bienes o industria, o de ambos. Existen varios tipos de sociedades, por ejemplo:
- Las constituciones de Asociaciones Civiles: que son los contratos que se realizan para un fin común sin carácter preponderantemente económico.
- Las constituciones de Sociedades Civiles: Que son los contratos que se realizan para un fin común de carácter económico sin especulación comercial.
- Las constituciones de Sociedades Mercantiles: Son los contratos que se realizan para un fin común que constituye una especulación comercial.
Por medio de este instrumento se designa a una o varias personas para que representen al otorgante, y en su nombre y representación, realicen todo tipo de actos, aquéllos pueden ser generales o especiales, con o sin limitaciones.
Es un instrumento que sirve para modificar o extinguir las facultades otorgadas en un poder.
La fusión es el efecto de unirse dos o más sociedades en una sola entidad jurídicamente independiente. El concepto de fusión de sociedades implica la disolución de una o varias sociedades jurídicamente independientes, con la subsistencia de una o nacimiento de otra nueva que absorbe todos los derechos y obligaciones de las fusionadas. Lo anterior implica la unión de propiedad y dirección común.
La disolución se realiza por decisión de los socios, por motivos de que la sociedad ya no cumple con los estatutos del objeto social, o cuando termina la duración.
Se conoce como escisión cuando una sociedad denominada escindente decide extinguirse y divide la totalidad o parte de su activo, pasivo y capital social en dos o más partes que son aportadas en bloque a otras sociedades de nueva creación denominadas escindidas; o cuando la escindente, sin extinguirse, aporta en bloque parte de su activo, pasivo o capital social a otra u otras sociedades de nueva creación.
La liquidación es el conjunto de operaciones que debe realizarse en una sociedad que ha incurrido en causal de disolución, tendientes a la realización de su activo, el pago de su pasivo y la determinación, si es que hubiere, del remanente del patrimonio.